Content pfp
Content
@
0 reply
0 recast
0 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
GM!! Dejo aqui este cast para poder resolver dudas fiscales sobre todo el mundo criptoactivos, la recepción de monedas y todo lo que no sepáis. Me ha comentado @especulacion que acabáis de recibir un Airdrop de DEGEN. A vuestra disposición para lo que necesitéis
13 replies
2 recasts
5 reactions

alvaro delgado pfp
alvaro delgado
@imalvarodelgado
Hola Remo! Pronto vamos a recibir un premio en token por ganar un concurso de arte y tenemos dudas en como tributar esa cantidad. Sería un airdrop aunque nos lo paguen durante un periodo de 90 días? Entiendo que IRPF (+patrimonio?) - la cosa se complica ya que queremos recibirlo como una SL aún por constituir.
1 reply
0 recast
0 reaction

alvaro delgado pfp
alvaro delgado
@imalvarodelgado
Nuestra actividad principal será la de promotora de conciertos, pero es posible que queramos gestionar parte de cryptoactivos también. Cabe la posibilidad de hacer una consulta en más profundidad? Imagino que es complicado responder en detalle x aquí. Gracias!
1 reply
0 recast
0 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
Hola Alvaro, si claro, ponedme mail a [email protected] y resolvemos con más detalle. De entrada, si se recibe como personas físicas, a la base general del IRPF y entiendo que sois varios los promotores. Lo ideal, que se constituya la SL y que sea la propia sociedad quién reciba el premio y que sea la propia (...)
2 replies
0 recast
1 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
sociedad quién declare todo esto y que ella sea quién haga la actividad.
1 reply
0 recast
1 reaction

alvaro delgado pfp
alvaro delgado
@imalvarodelgado
Gracias! Sí, esa es la idea que teníamos. Aunque la primera toma de contacto con el líquido será una wallet de nuestra custodia, imagino que podemos hacer la gestión fiscal por parte de la sociedad una vez que hagamos el offramp a fiat? O lo que digo es incorrecto?
1 reply
0 recast
1 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
Mmmm Lo idóneo es que la SL esté constituida antes de recibir los tokens que procedan, para evitar líos posteriores con AEAT y que el propio wallet esté identificado a titularidad de la SL. Si lo recibís vosotros, en revisión en Hacienda os pueden obligar a que ese ingreso os lo imputéis vosotros
1 reply
0 recast
1 reaction

alvaro delgado pfp
alvaro delgado
@imalvarodelgado
Ya veo! El único problema seria que pasamos el KYC con una wallet que está asociada al proyecto, pero no registrada ya que no hemos constituido aún. Tenemos que recibir los fondos ahí a partir del martes. Idealmente nos gustaría moverlo a una multisig a posteriori que funcione como principal tesoro para la SL.
2 replies
0 recast
0 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
Pues cuidado con esta operación. Excepto que posteriormente constituida y sin haber hecho movimiento alguno en la wallet, excepto recibir la pasta, paséis el KYC con la SL
1 reply
0 recast
0 reaction

alvaro delgado pfp
alvaro delgado
@imalvarodelgado
El KYC tuvimos que pasarlo como personas físicas (en representación del proyecto, que posteriormente será SL) y no podemos volverlo a pasar de nuevo, si es a lo que te refieres. Lo que sí podemos hacer es declarar que esa wallet es nuestra y hemos recibido x. Proceso que también nos interesaria asesoria.
1 reply
0 recast
0 reaction

Remo Domingo pfp
Remo Domingo
@remo-impuestos
comentamos en call detalles cuando queráis ;)
0 reply
0 recast
1 reaction